Ya sabes que en Mi Primer Contador y en We Solve andamos pendientísimos de todas las actualizaciones y siempre en trend pa’ lo que se ofrezca, por eso, si tú eres una persona física con actividades exclusivamente del sector primario, o sea materias primas: cultivos, pesca, bosques, minerales, ganado (pero no tus ligues) y así, te contamos que en este 2022 podrás tributar en el ya súper mencionado Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). ¿Mencionado dónde? Chécate nuestras redes sociales para información que cura, ¡sobre todo Instagram y TikTok!
Tienes que saber que no pagarás impuestos de ISR, siempre y cuando tus ingresos del año no excedan los $900 mil efectivamente cobrados. Sin embargo, cuando le realices actividades a personas morales, éstas deberán retener como pago mensual el monto resultante de aplicar la tasa del 1.25% sobre el monto de los pagos que les efectúes.
Hora de ponerte los lentes de lectura, porque hay una excepción: esta nueva resolución indica que la retención no se llevará a cabo siempre que se cumplan los requisitos de la regla 3.13.33 de la tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF 2022), emitida el 25 de abril de 2022, esto es:
- Estos ingresos estén exentos (no excedan los $900 mil efectivamente cobrados),
- Así como en el CFDI que respalde la operación, especifiquen en el campo “Descripción” de manera textual: “Los ingresos que ampara este comprobante se encuentran en el supuesto de exención a que se refiere el artículo 113-E, noveno párrafo de la Ley de ISR”.
Así que si tú caes dentro de este supuesto, ya te la sabes con las reglas para este 2022, serán cambios que te convendrán. ¡Eso sí, recuerda que si necesitas ayuda para manejar cualquier situación, estamos listos para hacer team contigo!
Si eres alguien que ya le entró al emocionante pero complejo mundo del comercio exterior, hoy te traemos un hack que sí o sí debes saber. Pa’ no hacerla de emoción, te contamos que se trata de una herramienta que se convertirá en tu BFF para no perderle la pista a ni una sola de las operaciones que realizas todos los días. Así que si tú eres de ésos que ya no sabe ni en dónde tiene la cabeza, imagínate el paro que te hará… y si eres súper organizado, la amarás.
Para empezar, debes saber que cada que haces una importación y/o exportación, el agente aduanal transmite toda tu información como contribuyente, al igual que la información de la mercancía que adquiriste del extranjero o que estás comercializando fuera del país, mediante el pedimento.
Pero aquí seguro te estarás preguntando qué tipo de información es la que se transmite; no te preocupes, no es la contraseña de tu Facebook como cuando tu ex hackeó tu cel. Conocer esta información y recuperarla es súper fácil, y es aquí donde entra nuestra tan aclamada herramienta, Glosa Data Stage: es un documento electrónico emitido por nuestro amix el SAT. La verdad es que son pocas las personas que conocen de esta obligación que el SAT tiene de darnos a conocer nuestras operaciones, pero esto viene plasmado en el artículo 144 de la Ley Aduanera:
¡Solicítalo!
Aclarado lo inicial, y ya que sabes que este documento fundamental existe y que te puede ayudar mil, no te vamos a dejar a medias sin contarte cómo es que puedes solicitarlo. Ahí te va:
Para arrancar, debes solicitar la matriz de seguridad. Ésta es un código alfanumérico que te asignan como contribuyente para mantener la confidencialidad de tu información. Se hace mediante el llenado de un formato que se encuentra en el Anexo 1 de las RGCE y el envío de documentos de tu Persona Moral o Física a la autoridad. La respuesta a este trámite la obtendrás en un plazo máximo de 10 días hábiles, y ahora sí, ya que obtengas la resolución, recibirás en los correos autorizados mencionados en el trámite, la información de tus operaciones a partir del mes siguiente. ¡Yay!
¿Qué recibes?
Ahora bien, sobre qué información en específico recibirás, se trata de 26 archivos cada mes en formato .asc que luego podrás convertir a Excel para manejar tu información de modo más amigable.
En 16 de ellos, obtendrás información a nivel pedimento:
- Información general: número de pedimento, incrementables pagados como fletes y seguro, datos del contribuyente, así como fechas de pago y de arribo de la mercancía.
- Transporte de la mercancía: datos del transportista y medio de transporte.
- Facturas: Datos de las facturas que amparan el pedimento, valor de la factura y datos generales de tus proveedores.
- Contribuciones: Contribuciones y/o aprovechamientos pagados: montos, fechas de pago y tasas aplicables (IVA, IGE/ IGI, DTA, PREV, etc.)
En los otros 9, encontrarás información a nivel partida, o sea, información de cada una de las mercancías que se exportan o importan, como:
- Partidas: Fracción arancelaria, descripción de la mercancía, precio unitario, y cantidad de la mercancía.
- Permisos de la partida: Claves de los permisos que deben de cumplir algunas mercancías, cantidad de mercancía y quien autoriza dichos permisos.
- Identificadores: particularidades que deben cumplir ciertas mercancías.
- Tasas de contribuciones: Contribuciones pagadas por cada una de las mercancías de importación y/o exportación (IGE / IGI, IVA), así como su forma de pago.
Ésta es la información que encontrarás en este reporte que te ayudará como no te imaginas, no sólo para temas de comercio exterior, sino para compartirlo con tu área contable y fiscal para cuestiones como toma de decisiones, control interno de operaciones, auditorías preventivas y más.
Así que si aún no tienes tu Glosa Data Stage, córrele, y recuerda que si necesitas ayuda con requisitos y demás, o quieres entender un poco mejor de este u otros temas de comercio exterior, ¡estamos para ayudarte!
Hoy te traemos un tema que va pa’ todos: colaboradores y empresarios. Ya sea que tú como empresario tengas la obligación de repartir las utilidades de tu negocio entre tu team, o que como parte del team tengas derecho a recibirlas (ah*evo, dinerito), este tema es algo sobre lo que tienes que saber.
Seguro ya habías escuchado aunque sea el término, y hasta algunos de tus compas te han presumido que les tocaron utilidades o te contaron que tuvieron que repartirlas. Si sientes que eres el único que se está quedando fuera de este show, ya llegamos al rescate.
Empecemos por lo más fundamental: ¿qué es el reparto de utilidades? Se trata del derecho que tienen todos los trabajadores a recibir una parte de las ganancias obtenidas por la empresa debido a las actividades o servicios realizados durante el año. Ahora que viéndolo del otro lado de la moneda, es la obligación que tienen los patrones de repartir esto mismo entre sus colaboradores.
Pero hay algo todavía más interesante para ti, y es cómo saber si te corresponden o no utilidades. Te contamos que este reparto se entrega a los colaboradores que laboraron por lo menos 60 días en la empresa durante el año anterior.
Toma en cuenta que, a pesar de cumplir con esa característica, existen excepciones, por lo que si caes dentro de alguno de los siguientes supuestos, lamentablemente no tienes derecho a recibir utilidades:
- Director, gerente general y administrador.
- Trabajador eventual que haya laborado menos de 60 días.
- Socio y accionista.
- Colaborador bajo un esquema de pago por honorarios (porque no existe una relación de trabajo ni de subordinación).
- Trabajadores domésticos.
Si laboraste el número de días indicado y no caes en los supuestos anteriores, ya sabes que sí te va a tocar una rebanada del pastel. Lo siguiente es saber cuándo verás ese dinero: para aquellos que trabajan para una persona moral, el límite es el 30 de mayo; para los que están con una persona física, la fecha máxima es el 29 de junio.
Ahora sí, para los empresarios que se andan mordiendo las uñas pensando en cuánto van a tener que repartir, primero que todo hay que recordar que el haber accedido a esas utilidades fue un trabajo en equipo y pues qué bonito, tu team se lo merece así que déjate caer. Oye, y tampoco es como que vayas a repartir todo tu patrimonio, ¿eh? La empresa debe repartir sólo el 10% de las utilidades netas resultantes de la declaración anual, eso sí, siempre y cuando tu empresa haya superado en utilidades los $300,000.00 pesos y tenga más de un año operando; sino, ntp, que no eres candidato para repartir utilidades; como quien dice, pasas de largo y sin ver.
Si sí eres candidato, para determinar el monto exacto que corresponde a cada colaborador de manera individual, deberás dividir en dos partes: primero tomando como base los días que ha trabajado en el año y, posteriormente, el sueldo recibido (esto para cada uno). Así que tú, colaborador, si viste a tu compa del otro departamento bien forrado, no significa que te vaya a ir exactamente igual (te lo anticipamos para que no te emociones antes de tiempo).
Ahora que muchos colaboradores saben a lo que tienen derecho, para que tú como empresario tengas cuentas claras (y relaciones laborales largas), existe una manera de poner las cartas sobre la mesa, y más que una manera es una obligación, pues deberás mostrarle al representante de los trabajadores, a más tardar a 10 días de haber presentado tu declaración anual, la copia de la declaración donde aparezca si hubo o no utilidades a repartir.
Y si estás arrepintiéndote de haber cambiado de trabajo porque en la empresa en que estabas te correspondían utilidades, tranqui, puede que todavía estés a tiempo de reclamarlas: siempre y cuando hayas trabajado 60 días durante el año en curso, antes del siguiente reparto, así ya no estés laborando ahí, tienes derecho a recibirlas.
Por otro lado, si leyendo esto caes en cuenta que debiste recibir el año pasado y nomás nadie te dijo nada, lamentablemente te toca aprender a soltar porque las utilidades se mantienen, pero dentro de la empresa para ser repartidas entre el resto del team que siga estando ahí.
Entonces, ¿qué onda? Cuéntanos cómo te fue en el reparto de utilidades, y si necesitas que te asesoremos u orientemos, nosotros más qué puestos. ¡Escríbenos!
El tema de los podcast en la actualidad está durísimo, y sabemos que viene con más cada vez, por eso queremos que no te falte ninguna información importante para armarla súper cool en este mundo.
Algo que sin duda tienes que saber es sobre el RSS: uno de los puntos más relevantes cuando hablamos no sólo de podcast, sino también de blogs, sitios web o canales de noticias.
Si todavía no sabes qué es esto de RSS, te chismeamos que, por sus siglas, significa “Really Simple Syndication”, ¿en español? Sindicación realmente simple. Ahora bien, lo realmente importante es que es una de las innovaciones más populares del internet -o bueno, fue, porque se creó a finales de 1990. Ya tiene sus añitos-.
Esta herramienta es capaz de ordenar la vasta información que hay en la web, generada por millones de blogs, sitios web, canales de noticias y, obvio, podcast, los cuales diariamente actualizan su contenido. Funciona mediante el lenguaje XML el cual, a diferencia de los archivos en formato PDF, admite puro texto, tags, integración con base de datos y separación del contenido mediante un formato simple y legible -cosas de computadoras-.
Ahora bien, si andas pensando “ajá, todo bien, pero ¿a mí de qué me sirve?”, tienes que saber que de muchísimo, pues recopila la toda la información de un sitio web en un entorno virtual organizado para que los usuarios podamos seguir las noticias de nuestro blog, podcast, sitio web o canal de noticias favorito de una forma súper simple.
Todo esto te lo decimos porque prácticamente el RSS es como la identificación personal de tu podcast: así es, funciona como una prueba para el internet, y todas las plataformas digitales, de que tu bebé -tu podcast, pues- existe. Gracias a él puedes cambiar el alojamiento de una plataforma a otra y lograr que esta nueva obtenga exactamente la mismita información y permanezca actualizada.
Lo que sí, debes tener cuidado, pues si el RSS de tu podcast cae en las manos equivocadas -como un villano de película o algo así-, pueden acceder a la información e identidad de éste y manipularlo, o ¡peor!, apropiarse de él. Qué feo caso, ten mucho cuidado.
Recuerda que el proceso para tener un podcast puede ser muy complejo, ¡pero también demasiado divertido! Ahora que tienes esta información no dejes de indagar en qué más necesitas para lograrlo. Sigue leyendo nuestro blog, tenemos mucha información súper útil que queremos compartirte.