Si vienes de nuestro artículo Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) y lo que debes saber de ellas: https://wesolve.mx/organizaciones-de-la-sociedad-civil-osc-y-lo-que-debes-saber-de-ellas/, ya debes estar al tanto de qué son, cómo funcionan y qué actividades realizan; si todavía no, te lo recomendamos mucho. Ahora, si tienes o quieres tener una organización que pertenezca a las OSC para hacer el bien sin mirar a quién (como dicen por ahí), necesitas saber lo siguiente.
Para formar parte de las OSC, antes que todo, tienes que registrarte en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil. Para lograrlo debes cumplir con ciertos requisitos:
- Presentar la solicitud de registro (vía internet).
- Exhibir el acta constitutiva y que ésta tenga por objeto social la realización de determinadas actividades (ntp, aquí te las pusimos: Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) y lo que debes saber de ellas).
- Tener en el acta constitutiva estatutos vigentes y mencionar en ellos que los apoyos y estímulos (o sea, el money) que reciba serán usados únicamente para cumplir con el objeto social de tu organización; asimismo, que no distribuirá entre sus asociados remanentes de los apoyos y estímulos públicos recibidos (que no se van a clavar ningún recurso, pues), y que en caso de disolución transmitirán los bienes obtenidos con dichos apoyos y estímulos a otras organizaciones cuya inscripción en el Registro se encuentre vigente (no hay que ser gandallas, claro está).
- Señalar el domicilio legal.
Una vez cumplidos estos requisitos, te otorgarán la Clave Única de Inscripción (CLUNI). Ya perteneciendo, aquí es donde viene lo bueno: beneficios.
- Acceder a los apoyos y estímulos públicos destinados para que cumplas con tus actividades.
- Gozar de incentivos fiscales y demás apoyos económicos y administrativos, lo que significa que te sueltan dinero y te ahorras impuestos.
- Recibir donativos y aportaciones.
- Contar con constante asesoría, capacitación y colaboración por parte de dependencias y entidades de gobierno. Te apoyan porque a lo mejor tas chiquito pero sí pueles.
- Ser respetada en la toma de las decisiones relacionadas con sus asuntos internos.
Ah, pero si creíste que todo es risa y diversión, también te informamos que tu organización tiene obligaciones que cumplir:
- Estar inscrita en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil (ya llegaste hasta aquí).
- Estar constituida legalmente.
- Tener un sistema de contabilidad de acuerdo con las normas (pa’ salir de dudas, revisa nuestro blog de contabilidad).
- Proporcionar la información que sea requerida por la autoridad competente sobre sus fines; estatutos; programas; actividades; beneficiarios; fuentes de financiamiento nacionales, extranjeras o de ambas; patrimonio; operación administrativa y financiera; y uso de los apoyos y estímulos públicos que reciba.
- Rendir cuentas anualmente a la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil sobre las actividades realizadas y el cumplimiento de sus propósitos; el balance financiero, contable y patrimonial; y, especialmente, el uso y resultados derivados de los apoyos y estímulos públicos otorgados.
- Notificar al Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil de los cambios que pudieran surgir tanto en su acta constitutiva, como en su administración.
Ya no tienes pretextos para comenzar a con tu organización, ¡en este mundo necesitamos más gente como tú! Y en tus siguientes pasos, recuerda que podemos orientarte, ¡envíanos un mensaje!
En el mundo laboral hemos escuchado muchas veces el término “Sociedad”, las famosas S.A. de C.V., S. de R.L., S.C., por mencionar algunas, y seguramente en más de alguna ocasión nos ha tocado involucrarnos con alguna de estas o llevar a cabo alguna actividad en donde se vean involucradas.
Seguramente has tenido en tus manos ese documento que suele ser algo extenso, que se caracteriza por tener sellos con el nombre de alguna Notaría Pública, y que cuando queremos entender su contenido nos parece estar leyendo en otro idioma que no conocemos y esto nos hace que perdamos el interés de continuar leyendo hasta lograr entenderlo. A este documento se le conoce como “Acta Constitutiva”.
Ahora bien, te gustaría saber ¿Qué es un Acta Constitutiva?
En tus palabras, te decimos que es el documento en donde un Notario Público consta el nacimiento de tu empresa y en el cual se detallan quiénes son los socios, a qué se dedica la empresa, quién es el representante legal, qué porcentaje de la sociedad tiene cada socio y finalmente cuál es el valor de la empresa.
Si quisiéramos adentrarnos a entender qué contiene a detalle el Acta Constitutiva, podemos apoyarnos de la Ley de Sociedades Mercantiles, o bien, del Código Civil Federal, dependiendo si se trata de una sociedad mercantil (S.A. de C.V., S. de R.L.) o de una sociedad civil (S.C., A.C.).
A continuación, te compartimos los puntos que consideramos más importantes y encontrarás en tu Acta Constitutiva:
- El nombre de la sociedad, que siempre vendrá acompañado de su tipo de empresa (régimen), por ejemplo: “Grupo de Occidente”, S.A. de C.V.
- Nacionalidad y domicilio. Las sociedades que se constituyen ante Notario Público en México son consideradas sociedades de nacionalidad mexicana, y podrán establecer su domicilio en cualquier parte de la República Mexicana o del extranjero.
- El objeto de la sociedad se refiere a la descripción de las actividades principales a las que se dedica la empresa, así como aquellas que desarrollarán en un futuro, por ejemplo: Servicios de Comercialización, Servicios de Construcción, Desarrollo de Aplicaciones Móviles, Servicios Turísticos, entre otros.
- La duración habla de la vigencia de la sociedad, en la mayoría de las ocasiones se constituyen por tiempo indefinido o con una vigencia de 99 años.
- El importe del capital social menciona la cantidad de dinero o de bienes (como autos, casas, bodegas) que los socios aportan a la empresa con la finalidad de llevar a cabo la actividad para la que fue creada.
- Porcentaje de los socios dentro de la sociedad. Especifica la proporción que cada socio aportó al capital, y nos permite definir quiénes son los socios mayoritarios o minoritarios en la empresa.
- La administración de la sociedad y los poderes de quienes la administran. Este podría ser uno de los puntos de mayor interés cuando queremos conocer quién o quiénes pueden tener la representación de la sociedad (representante legal), es decir, quien o quienes representarán y actuarán en nombre de la sociedad ante terceros.
- La forma en que se hará el reparto de las utilidades entre los socios, la podremos encontrar de igual forma en el contenido del acta constitutiva.
- Si quisiéramos saber de qué manera podríamos terminar (disolver) anticipadamente la sociedad y no precisamente esperar los 99 años de su vigencia, dentro del contenido del acta constitutiva podremos conocer el procedimiento para cerrar la empresa.
- Y finalmente, dentro del contenido del acta encontraremos la información básica y personal que cada uno de los socios compartió al Notario Público el día que firmaron el nacimiento de su empresa, esto es: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombres completos, lugar de nacimiento, domicilios particulares y Clave Única de Registro de Población (CURP).
Los socios de una empresa pueden establecer de manera libre estas reglas y aquellas cláusulas especiales que necesiten para el cumplimiento de sus objetivos, necesidades y aspiraciones siempre y cuando no sean contrario a la ley.
Esperamos que esta información haya sido de tu ayuda para entender el contenido de tu acta constitutiva y puedas resolver todas tus dudas.
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