Sabemos que el mundo del comercio exterior puede ser un poquito (o bastante) abrumador, y más si eres un emprendedor al que recién le está llamando la atención este rollo; porque entendemos que puede ser complicadón, y aprovechando que somos los meros meros en el tema, queremos acompañarte en este proceso. Por eso, aquí te pasamos el dato de uno de los permisos más importantes que todo vendedor debe conocer sin falta: el Padrón de Exportadores Sectorial.
¿Para qué sirve?
Este famosísimo padrón te ayudará a exportar mercancía de ciertos sectores al extranjero; lo cool es que como buenos mexicanos nos gusta andar bien posicionados, así que no existe algún permiso para exportar de manera general con el cual debas cumplir. Ya con eso no hay pretexto, ¿qué estás esperando? ¡Empaqueta tu producto y lánzalo al extranjero!
Bueno, mejor aguanta a terminarte de leer este artículo, no te vayas tan rápido… si bien no hay un Padrón de Exportadores que sea general como tal, debes verificar que tu producto o clasificación arancelaria no forme parte de los sectores específicos. De ser así, deberás tramitar este padrón para finalmente exportar. Es más sencillo de lo que piensas, se manejan 15 sectores diferentes, donde los más populares son los minerales, el tabaco, el oro, la plata, el plástico y las bebidas alcohólicas.
¿Y luego?
Ya que hayas detectado a qué sector pertenece tu producto, es indispensable cumplir con la documentación requerida de tu empresa y producto; obvio, toma en cuenta que tus documentos a entregar van a depender del sector al que correspondes. Así que te recomendamos revisar no una, ni dos, sino tres veces todo lo que la autoridad te pide para que sí puedas obtener el padrón desde el primer intento; no exageramos, te lo garantizamos.
Paciencia…
Vamos a futurear poquito, imaginemos que ya tienes todo al cien y tu trámite anda en curso; ahora no comas ansias porque la autoridad del SAT tiene un plazo de 10 días hábiles para darte respuesta, ya sea positiva o negativa (*dedos cruzados*). Ojo, también puede que se te solicite información adicional para rectificar cualquiera de los requisitos.
Por cierto, con el tema de la pandemia, como ya sabes, todo se volvió en línea, incluyendo este trámite en el portal del SAT; pero ya que anda más tranqui la cosa (al fin), lo puedes presentar de manera presencial en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente que te corresponde.
Lo más esperado
Ahora sí, ¡viene lo bueno! Como persona física o moral, podrás encontrar la respuesta emitida por la autoridad en el minisitio de importadores/exportadores, y cual papá orgulloso de su bebé, el nombre de tu persona física o moral se encontrará dentro de la lista de Registros Activos en el Padrón de Exportadores Sectorial durante el presente periodo.
Si andas pensando en aventurarte en el mundo de las exportaciones, pero le huyes por todos los documentos a tramitar, la buena noticia es que el Padrón de Exportadores Sectoriales ya es un pendiente menos para ti. La otra gran noticia es que también estamos para apoyarte con todos los demás trámites. ¡Bienvenido y mucho éxito en tu etapa de expansión al extranjero!
Si eres alguien que ya le entró al emocionante pero complejo mundo del comercio exterior, hoy te traemos un hack que sí o sí debes saber. Pa’ no hacerla de emoción, te contamos que se trata de una herramienta que se convertirá en tu BFF para no perderle la pista a ni una sola de las operaciones que realizas todos los días. Así que si tú eres de ésos que ya no sabe ni en dónde tiene la cabeza, imagínate el paro que te hará… y si eres súper organizado, la amarás.
Para empezar, debes saber que cada que haces una importación y/o exportación, el agente aduanal transmite toda tu información como contribuyente, al igual que la información de la mercancía que adquiriste del extranjero o que estás comercializando fuera del país, mediante el pedimento.
Pero aquí seguro te estarás preguntando qué tipo de información es la que se transmite; no te preocupes, no es la contraseña de tu Facebook como cuando tu ex hackeó tu cel. Conocer esta información y recuperarla es súper fácil, y es aquí donde entra nuestra tan aclamada herramienta, Glosa Data Stage: es un documento electrónico emitido por nuestro amix el SAT. La verdad es que son pocas las personas que conocen de esta obligación que el SAT tiene de darnos a conocer nuestras operaciones, pero esto viene plasmado en el artículo 144 de la Ley Aduanera:
La Secretaría tendrá, además de las conferidas por el Código Fiscal de la Federación y por otras leyes, las siguientes facultades:
[…]
XXVl. Dar a conocer la información contenida en los pedimentos, a las Cámaras y Asociaciones Industriales agrupadas por la Confederación, en términos de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, que participen con el Servicio de Administración Tributaria en el Programa de Control Aduanero y Fiscalización por Sector Industrial. Asimismo, podrá dar a conocer a los contribuyentes la información de los pedimentos de las operaciones que hayan efectuado”.
¡Solicítalo!
Aclarado lo inicial, y ya que sabes que este documento fundamental existe y que te puede ayudar mil, no te vamos a dejar a medias sin contarte cómo es que puedes solicitarlo. Ahí te va:
Para arrancar, debes solicitar la matriz de seguridad. Ésta es un código alfanumérico que te asignan como contribuyente para mantener la confidencialidad de tu información. Se hace mediante el llenado de un formato que se encuentra en el Anexo 1 de las RGCE y el envío de documentos de tu Persona Moral o Física a la autoridad. La respuesta a este trámite la obtendrás en un plazo máximo de 10 días hábiles, y ahora sí, ya que obtengas la resolución, recibirás en los correos autorizados mencionados en el trámite, la información de tus operaciones a partir del mes siguiente. ¡Yay!
¿Qué recibes?
Ahora bien, sobre qué información en específico recibirás, se trata de 26 archivos cada mes en formato .asc que luego podrás convertir a Excel para manejar tu información de modo más amigable.
En 16 de ellos, obtendrás información a nivel pedimento:
- Información general: número de pedimento, incrementables pagados como fletes y seguro, datos del contribuyente, así como fechas de pago y de arribo de la mercancía.
- Transporte de la mercancía: datos del transportista y medio de transporte.
- Facturas: Datos de las facturas que amparan el pedimento, valor de la factura y datos generales de tus proveedores.
- Contribuciones: Contribuciones y/o aprovechamientos pagados: montos, fechas de pago y tasas aplicables (IVA, IGE/ IGI, DTA, PREV, etc.)
En los otros 9, encontrarás información a nivel partida, o sea, información de cada una de las mercancías que se exportan o importan, como:
- Partidas: Fracción arancelaria, descripción de la mercancía, precio unitario, y cantidad de la mercancía.
- Permisos de la partida: Claves de los permisos que deben de cumplir algunas mercancías, cantidad de mercancía y quien autoriza dichos permisos.
- Identificadores: particularidades que deben cumplir ciertas mercancías.
- Tasas de contribuciones: Contribuciones pagadas por cada una de las mercancías de importación y/o exportación (IGE / IGI, IVA), así como su forma de pago.
Ésta es la información que encontrarás en este reporte que te ayudará como no te imaginas, no sólo para temas de comercio exterior, sino para compartirlo con tu área contable y fiscal para cuestiones como toma de decisiones, control interno de operaciones, auditorías preventivas y más.
Así que si aún no tienes tu Glosa Data Stage, córrele, y recuerda que si necesitas ayuda con requisitos y demás, o quieres entender un poco mejor de este u otros temas de comercio exterior, ¡estamos para ayudarte!
Sabemos que por sí sólo el proceso de comercio exterior es muy complejo por la cantidad de leyes, requisitos y pasos que hay que tomar en cuenta. Pero que además haya que sumarle a esto la gran responsabilidad que implican estas transacciones con todos sus riesgos, la verdad sí da un poco de miedo.
No te preocupes, te entendemos perfecto; hay muchos miedos que no te podemos quitar, como a los fantasmas y así, pero cuando se trata de operaciones de comercio exterior, éste es nuestro mero mole: nosotros desaparecemos ese temor volviéndote un experto en el tema.
Por ello, el día de hoy venimos a hablarte de algo fundamental al momento de importar y exportar: los Incoterms.
Para que domines esto en nivel experto, hay que iniciar por contextualizar. Surgieron por primera vez en 1936 por la Cámara de Comercio Internacional (ICC, por sus siglas en inglés), donde publicaron como Incoterm (Internacional Commercial Terms), una serie de reglas internacionales, porque obvio importaba, e importa hasta el día de hoy, que estos procesos estén normados: su propósito es regular los términos, responsabilidades, obligaciones, riesgos y gastos que tomará cada parte implicada (comprador y vendedor) al momento de importar o exportar una mercancía.
El mundo se encuentra en constante evolución, así que estas leyes ya medio viejitas han tenido que adaptarse a las más recientes prácticas en las operaciones de comercio exterior, dando lugar a modificaciones y enmiendas añadidas a las reglas de 1936, pasando a las Incoterms 2010 y, actualmente, abriendo paso a los Incoterms 2020.
Pero sabemos que aún tienes la duda de cómo se usan, y allá vamos. Existen diferentes Incoterms aplicables dependiendo las características del proceso, como el tipo de transporte a utilizar.
Para que te des una idea de cómo aplica en tu caso, aquí te pasamos una lista de Incoterms 2020 que son aplicables a cualquier modo de transporte:
CÓDIGO | TEXTO EN INGLES |
EXW | Ex Works |
FCA | Free Carrier |
CPT | Carriage Paid To |
CIP *Integración de la cláusula A de las Intitute Cargo Clauses, que incluye una cobertura de seguro a todo riesgo. | Carriage and Insurance Paid to |
DAP | Delivered al Place |
DPU | Delivered al Place Unloaded |
DDP | Delivered Duty Paid |
Y aquí cuáles son aplicables al transporte marítimo y al fluvial:
CÓDIGO | TEXTO EN INGLES |
FAS | Free AlongSide Ship |
FOB | Free on Board |
CFR | Cost and Freight |
CIF Integración de la cláusula C de las Institute Cargo Clauses, que incluye una cobertura de seguro «mínimo». | Cost, Insurance, freight |
Ahora bien, con toda esta información tan teórica, te has de estar preguntando, ¿cómo se utilizan? Bueno, ahora lo que sigue es poder llevar todo esto a la práctica.
Para esto, lo primero que debes tener en cuenta al momento de utilizar los Incoterms es que desde que se emita el contrato de venta, ya debe quedar especificado en éste todo lo necesario: el código de la regla Incoterm elegida + el puerto o sitio designado + señalar las Incoterms actuales. Por ejemplo:
“COF HONG KONG INCOTERMS 2020”
Así es, no se trata de algo al azar ni que se puede elegir de última hora, sino que la elección del Incoterm se realiza desde el inicio, formando parte de la negociación comercial. Y sí, debe determinarse por las capacidades de organización de la empresa, el medio de transporte a utilizar y el nivel de servicio que le quieres brindar a tu cliente o, a la inversa, recibir de tu proveedor. Como quien dice, todo debe estar fríamente calculado.
Pero esto no es todo: en el caso de ciertos Incoterms como CPT, CIP, CFR o CIF, el lugar designado no necesariamente es el mismo que el lugar de entrega, sino que se trata del destino hasta el cual el transporte ha sido pagado. En estos casos, para precisar el destino final de la mercancía y evitar cualquier error, es más conveniente mencionar un lugar preciso.
Qué buena sensación cuando las dudas se van aclarando y vas comprendiendo más y más de aquello a lo que le estás dedicando tu tiempo y pasión: tu proyecto.
Estarás imparable, pues sabemos que vas a llegar súper lejos. ¡Te acompañamos en el proceso! Consulta nuestros demás artículos para aprender y salir de dudas. Si aún te quedan más preguntas, ¡escríbenos!
En nuestro país, el comercio internacional cada vez va cobrando mayor relevancia, esto porque obvio nadie se quiere quedar atrás en el mercado y muchas veces la mejor manera de adquirir productos novedosos es importándolos.
Si de importar se trata, existen miles de formas de hacerlo, pero hoy te vamos a hablar de una de las que están más de moda: las paqueterías vía aérea.
Nosotros siempre a la vanguardia en temas de importación, por eso te hablamos de este método para importar que ha tomado relevancia, ya que es rápido e incluso, en ocasiones, el más seguro para llevar a cabo las operaciones.
Pero para ponerlo todo más claro, hay criterios que debes tomar en cuenta:
Antes que todo, si quieres entrarle a este proceso, tu cantidad de mercancía no debe ser mayor a los $1,000 USD (o el equivalente en moneda nacional o extranjera).
Sabemos que puede ser algo complejo con un montón de pagos, por eso debes evitar exceder esa cantidad y así sólo pagarás una tasa global del 19%.
Dicen que lo que vale la pena no es fácil, y si quieres ver triunfar tu negocio con productos chinos (o de cualquier otro país), aquí la cosa se pone compleja (pero poquito, tampoco te queremos asustar). Puede ser que necesites contratar un agente aduanal que te eche la mano, únicamente cuando:
- Tu mercancía se considere de comercialización: si excede los $1,000 USD, ya no será considerada de uso personal.
- Requiera el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias: existen muchas mercancías que tienen que cumplir con reglas específicas para que permitan su entrada al país, especialmente cuando está en duda si pueden ser dañinas para la salud.
- Sea difícil de identificar: si su presentación es en polvo, líquido o forma farmacéutica (como pastillas, trociscos, comprimidos, granulados, tabletas, cápsulas, grageas, entre otras), vas a necesitar análisis físicos y/o químicos para que conozcan su composición, naturaleza, origen y demás características y puedan determinar su clasificación arancelaria. Esto, independientemente del valor o de la cantidad.
Ya más entrados en materia, te contamos que existen productos que está prohibido importar por paquetería, como:
- Cigarros electrónicos (declara la COFEPRIS).
- Armas de fuego y sus partes, así como armas blancas, municiones y equipo militar.
- Material pornográfico, de contenido ofensivo, etc.
- Productos falsificados y mercancías que ostenten ilícitamente marcas registradas.
- Estupefacientes, alucinógenos y narcóticos ilegales.
Estamos seguros de que no pensabas importar algo de este estilo, ¿verdad? Pero igual te lo comentamos para que estés al tanto.
Ahora sí, deja de darle vueltas y anímate a importar tus productos por paquetería, ¡porque queremos ver tu marca bien posicionada! Para las demás piedritas que te puedas topar en el camino, mándanos mensaje y te resolvemos cualquier duda.
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