Si estás al frente en el manejo de tu negocio o empresa, seguro que mil veces has escuchado de éste y muchos otros términos técnicos relacionados con las finanzas; así no sea tu área de expertise, créenos, es importantísimo que te empapes de información que te ayude a entender el funcionamiento y direccionar el crecimiento. Ya sabes, ¡el conocimiento es poder! Por eso, los contas más chidos del condado te traen hoy un dato que no puedes dejar pasar.
Qué es
Aquí estamos para explicarte desmenuzado y en tus palabras, así que sin hacernos bolas, tienes que saber que el capital de trabajo es la cantidad de elementos o recursos que necesitas para que tu empresa opere en un periodo corto, casi inmediato; así de fácil, así de sencillo. En este sentido, podemos ubicarlo dentro del estado de situación financiera (el informe de cómo va todo, pues) de tu empresa como el activo circulante… en español: ese dinero que anda moviéndose (circulando) por lo que puedes fácilmente disponer de éste, es decir, ahí anda activo y a la mano. Se dividide de la siguiente manera:
Funcional: cuentas de clientes, documentos por cobrar, impuestos a favor, inventarios.
Exfuncional: inversiones en valores, deudores diversos, funcionarios y empleados, préstamos a trabajadores.
Disponible: caja, bancos, divisas, metales preciosos, inversiones sustitutas de efectivo.
Cómo calcularlo
Estos recursos te permitirán cubrir las necesidades del día a día de tu negocio, y para saber de cuánto dispones realmente, se calcula súper fácil con esta fórmula:
Este resultado representa cuántos recursos le quedan a tu empresa para realizar sus actividades aun habiendo cubierto las deudas a corto plazo.
¡Sácale provecho!
Ahora que ya sabes de qué se trata, toma en cuenta que es una herramienta infalible que puedes utilizar a tu favor para evitar que las finanzas de tu empresa se descarrilen y tengas desbalances: su importancia radica en que te permite tener buena liquidez y solvencia, para afrontar sin miedo al éxito los compromisos y obligaciones que adquieres o pueden surgir, ya que tienes cómo mover tu dinero rápidamente, dando lugar a una buena gestión y planeación de tus recursos.
Más claro ni el agua, más útil imposible. Ahora ya sabes que cuentas con este recurso y cómo calcularlo. Recuerda seguirte dando la vuelta por nuestro blog para aprender más cosas que te servirán mil, te sacarán de dudas y harán que las pláticas con tu contador sean más entretenidas.
Sabemos que el mundo del comercio exterior puede ser un poquito (o bastante) abrumador, y más si eres un emprendedor al que recién le está llamando la atención este rollo; porque entendemos que puede ser complicadón, y aprovechando que somos los meros meros en el tema, queremos acompañarte en este proceso. Por eso, aquí te pasamos el dato de uno de los permisos más importantes que todo vendedor debe conocer sin falta: el Padrón de Exportadores Sectorial.
¿Para qué sirve?
Este famosísimo padrón te ayudará a exportar mercancía de ciertos sectores al extranjero; lo cool es que como buenos mexicanos nos gusta andar bien posicionados, así que no existe algún permiso para exportar de manera general con el cual debas cumplir. Ya con eso no hay pretexto, ¿qué estás esperando? ¡Empaqueta tu producto y lánzalo al extranjero!
Bueno, mejor aguanta a terminarte de leer este artículo, no te vayas tan rápido… si bien no hay un Padrón de Exportadores que sea general como tal, debes verificar que tu producto o clasificación arancelaria no forme parte de los sectores específicos. De ser así, deberás tramitar este padrón para finalmente exportar. Es más sencillo de lo que piensas, se manejan 15 sectores diferentes, donde los más populares son los minerales, el tabaco, el oro, la plata, el plástico y las bebidas alcohólicas.
¿Y luego?
Ya que hayas detectado a qué sector pertenece tu producto, es indispensable cumplir con la documentación requerida de tu empresa y producto; obvio, toma en cuenta que tus documentos a entregar van a depender del sector al que correspondes. Así que te recomendamos revisar no una, ni dos, sino tres veces todo lo que la autoridad te pide para que sí puedas obtener el padrón desde el primer intento; no exageramos, te lo garantizamos.
Paciencia…
Vamos a futurear poquito, imaginemos que ya tienes todo al cien y tu trámite anda en curso; ahora no comas ansias porque la autoridad del SAT tiene un plazo de 10 días hábiles para darte respuesta, ya sea positiva o negativa (*dedos cruzados*). Ojo, también puede que se te solicite información adicional para rectificar cualquiera de los requisitos.
Por cierto, con el tema de la pandemia, como ya sabes, todo se volvió en línea, incluyendo este trámite en el portal del SAT; pero ya que anda más tranqui la cosa (al fin), lo puedes presentar de manera presencial en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente que te corresponde.
Lo más esperado
Ahora sí, ¡viene lo bueno! Como persona física o moral, podrás encontrar la respuesta emitida por la autoridad en el minisitio de importadores/exportadores, y cual papá orgulloso de su bebé, el nombre de tu persona física o moral se encontrará dentro de la lista de Registros Activos en el Padrón de Exportadores Sectorial durante el presente periodo.
Si andas pensando en aventurarte en el mundo de las exportaciones, pero le huyes por todos los documentos a tramitar, la buena noticia es que el Padrón de Exportadores Sectoriales ya es un pendiente menos para ti. La otra gran noticia es que también estamos para apoyarte con todos los demás trámites. ¡Bienvenido y mucho éxito en tu etapa de expansión al extranjero!
Ya te habíamos chismeado sobre las actualizaciones del SAT para el sector primario en cuanto a retención de ISR (si aún no sabes, échale ojo: https://wesolve.mx/retencion-de-isr-en-personas-fisicas-del-sector-primario/); y como no nos gusta dejarte en ascuas, si tú te desempeñas en este sector, seas persona física o moral, te decimos que aún hay más que tienes que saber: nos referimos a las facilidades administrativas y obvio nosotros te pasamos el dato pa’ que les saques provecho.
Hablamos de facilidades y hasta nos brillan los ojitos, seguro te pasa igual… así que agárrate que aquí se viene lo bueno:
Personas físicas
- Si tus ingresos no rebasan los $900 mil en el año, podrás no presentar la declaración anual ni las mensuales (wuju); eso sí, no olvides que deberás emitir facturas electrónicas por tus operaciones.
- Si recibes ingresos por jubilaciones o pensión, además de tus actividades (ojo, nomás sector primario), podrás tributar en RESICO para personas físicas por los ingresos de tus actividades, y no pagar ISR.
- En caso de que realices operaciones con personas morales, no se te realizará la retención del 1.25% por los pagos que éstas hagan, siempre y cuando tus ingresos no rebasen los $900 mil.
- Podrás facturar y declarar a través del adquiriente.
Personas morales
- Si éste es tu caso, podrán presentar los pagos provisionales y mensuales de ISR e IVA de manera semestral.
- En el tema de deducciones (que nos encanta), entrarán la mano de obra de sus colaboradores eventuales del campo, alimento pa’l ganado y gastos menores; esto hasta el 10% total de sus ingresos y sin pasarse de los $800 mil. En gastos menores, sin exceder los $5 mil.
- No tendrán que presentar obligatoriamente declaraciones provisionales y anual de ISR ni de IVA, aunque esto aplicará para personas morales de derecho agrario cuyos ingresos anuales sean menos de $702,021 para 2022, por cada uno de los integrantes. En conjunto, no podrán rebasar los $7,020,216 anuales en este año. Ojo aquí: este límite no aplica para ejidos y comunidades.
- Su persona moral podrá cumplir con las obligaciones de IVA de los integrantes.
- Podrán reducir un 30% el ISR determinado, en caso de que su PM, sociedades o asociaciones de productores estén conformadas por personas físicas con ingresos anuales (de cada socio) iguales o menores a $14,847,756 para 2022, pero eso sí, que entre todos no excedan los $148,477,568 para este año.
- No tendrá que presentar el aviso de información fiscal de los socios, accionistas o asociados (RFC, nombres), a menos que la autoridad fiscal se los pida.
Ambas (PF y PM)
- Ahora sí, pa’ todos parejo, podrán deducir gastos por combustible que paguen con otro medio diferente a cheques nominativos de la cuenta del contribuyente, tarjetas de crédito, débito y servicios, y monederos electrónicos autorizados por el mero mero (el SAT), siempre que no superen el 15% del total de pagos por combustible.
- Cuando los pagos a cada trabajador no pasen de $521 en la zona libre de la frontera norte y de $346 en el resto del país, por día, podrán enterar el 4% que retengan por concepto de mano de obra.
Ahora bien, en cuanto a recibir apoyos de cualquier tipo (municipales, estatales, federales, gubernamentales, o sea, cualquiera), no se contabilizarán como ingresos en RESICO para los $3,500,000 máximos permitidos, ni para exentar el pago de ISR cuando tus ingresos por actividades primarias no superen los $900 mil anuales.
Entonces, si tú eres del sector primario ya sabes qué show, pon en práctica estas facilidades. Y si conoces a alguien que también ande en este rollo, mándale este artículo. Si te quedaste con alguna duda, ¡escríbenos!
Como que últimamente escuchamos mucho sobre la importancia de la educación financiera; lamentablemente para nuestras generaciones no es algo que se llevara en el plan de educación básica (¿porrr? Regrésennos a primaria) y, bueno, no es que últimamente esté de moda, sino que llega un punto en que nos topamos con la necesidad de manejar nuestras finanzas y ¡sorpresa! Estamos perdidos… perdidos… perdidos. Esto contribuye a toda una serie de tabúes y creencias erróneas que resultan en prácticas que lejos de ayudarnos a mejorar nuestros ingresos y patrimonio, nos alejan de nuestras metas financieras.
Un caso súper común es el de las inversiones: que si son para personas con mucho dinero, que si sólo los empresarios invierten, etc., etc. ¡Pero no! La realidad es que están al alcance de todos y existen muchas plataformas, aplicaciones y formas que lo hacen más fácil de lo que te imaginas… así que si tú eres de los que le meten monedas al cochinito para ahorrar, este artículo te interesa mil.
Diferencias entre ahorrar e invertir
Segurísimo que has escuchado de la famosa inflación, pero por si no sabes exactamente qué es, te contamos que se trata de un fenómeno económico que hace que tu dinero vaya perdiendo valor de adquisición, es decir, que valga menos (¡¿cómo que no pueden imprimir más y ya?!) Por ejemplo, ¿recuerdas cuando ibas a la primaria y con $10.00 en el recreo te comprabas tus papitas, refresco y casi casi hasta te quedaba cambio para una nieve en la salida? Obvio has notado como ahora con esos mismos $10.00 no te alcanza ni para la bolsa chiquita de papas. Bueno, pues eso es la inflación *cries in nostalgia*.
¿Ahora ves por qué ahorrar no es la mejor opción? Si te visualizabas en tu mansión frente al mar, recorriendo la costa en tu convertible y limpiándote el sudor con Benitos (quinientones, claro) y pensabas lograrlo con tus ahorros de debajo del colchón junto a tu acta de nacimiento (por cierto, si eres de ésos, consigue un lugar más seguro pa’ tus documentos), te anticipamos que está cañón, y si aún no es del todo evidente el por qué, te decimos:
Dejar tu dinero en el cochinito, en tu cajón o debajo del colchón, a pesar de ser prácticas comunes, tanto que si entran a robar a tu casa es el primer lugar al que irán (todo mal), ¡no es lo ideal! Conforme pasa el tiempo esos ahorros pierden valor por la inflación.
La ventaja de las inversiones es que al poner a trabajar tu dinero en cierto periodo de tiempo, éste te generará un rendimiento o interés que obvio te conviene.
Escoge la que va con tus objetivos
Dicho esto, lo siguiente es que identifiques tus necesidades personales, de familia y objetivos para definir qué tipo de inversión es la que más te conviene:
Cuidar de tu familia o dejar un patrimonio
Seguro de vida: es un producto por el cual vas realizando pagos periódicos (sean mensuales, semestrales, anuales) por una determinada suma asegurada para, en caso de fallecimiento, obtener la cantidad asegurada a beneficio de las personas que designes.
Segubeca: su principal función es generar un ahorro para el estudio universitario de tus hijos; en caso de fallecimiento, los estudios del asegurado los cubre la compañía. Este producto lo puedes contratar desde $1,000.00 mensuales.
Obtener buenos rendimientos
Cetes: son instrumentos de deuda bursátil, emitidos por el Gobierno Federal. Sus rendimientos anuales van desde el 6.80% al 8.90%, dependiendo del plazo del CETE, que puede ser de 28, 91, 182 y 364 días.
GBM: se trata de una plataforma de inversión tan a tu alcance que la puedes traer en tu cel. Aquí existen dos opciones, SmartCash y Trading.
SmartCash – es una cuenta de ahorro, donde dispones de tu dinero en caso de necesitarlo y tiene un rendimiento del 6% anual, bajo pero seguro, así que es un win-win.
Trading – en este apartado puedes invertir en acciones y jugar con la bolsa de valores; contrario al anterior, puedes obtener muy buenos rendimientos, pero a costa de que existe un mayor riesgo, ya que dependes de cómo les vaya a las empresas en las que compraste acciones.
Actinver: puedes empezar a invertir desde $10 mil y la gran ventaja es que contarás con la asesoría de profesionales.
Bailmex: aquí ya como para otro nivel, puedes iniciar tu inversión desde $50 mil; tienen inversiones en pesos y dólares, y rendimientos del 13.5% al 15.5% anual.
Ahora sí, no tienes pretexto para seguir como en la época de las cavernas con tus ahorros y mientras perdiéndole a eso que tanto trabajo te costó juntar. Sabemos que tampoco está tan fácil como igual y suena, pero justo para eso estamos nosotros, para orientarte. No dudes en contactarnos, sabemos que puede irte súper bien con éstas y más estrategias.